La Rioja actualiza la valoración de la discapacidad y recoge una tramitación urgente en menos de 15 días
El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, publicará esta semana en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) el decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad en La Rioja.
Así lo ha anunciado el portavoz del Ejecutivo riojano, Alfonso Domínguez, tras celebrar el Consejo de Gobierno en la localidad de Cervera del Río Alhama. En concreto, explica, la regulación del procedimiento en la Comunidad Autónoma de La Rioja se actualiza con este Decreto en aplicación y desarrollo del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, donde señala los procedimientos que debían establecer las comunidades autónomas y unos nuevos baremos con una definición nueva de la discapacidad, que contempla todos los factores ambientales, sociales, psicológicos, de apoyo y otros relacionados.
La finalidad del Gobierno de La Rioja es lograr una evaluación más completa y precisa de la situación de discapacidad y garantizar la igualdad de trato de la ciudadanía, así como homologar la regulación sobre la materia conforme a los estándares internacionales, garantizar la homogeneidad en las valoraciones llevadas a cabo en los distintos territorios del Estado y adaptar los baremos para la valoración de la situación de discapacidad a la CIF-OMS/2001.
Para la elaboración de esta nueva norma fue informado en el Consejo Riojano de Servicios Sociales el pasado mes de julio, previa aprobación por el Consejo Sectorial de personas con discapacidad y con fase de información pública y audiencia y publicación en el portal de transparencia del Gobierno de La Rioja.
Los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad son los valoradores del grado de discapacidad. Se constituyen como un órgano colegiado y estarán formados por profesionales del área sanitaria y con profesionales del área social: personal médico, psicólogos, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, personal con titulación en grado de enfermería, trabajo social y cualesquiera que puedan considerarse.
Permite la tramitación urgente
Con el nuevo Decreto se regula la posibilidad de la tramitación urgente del procedimiento de oficio o a instancia de la persona interesada, cuando concurran razones de interés público que así lo aconsejen, entre otras, las relacionadas con la salud, la violencia de género, la esperanza de vida u otras de índole humanitaria como, por ejemplo, para las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
Además, se podrá requerir la cooperación de las organizaciones sociales de la discapacidad, al objeto de informar, auxiliar, asistir o aportar conocimiento experto en todas las cuestiones relacionadas con la valoración de la discapacidad.
Se podrán emitir certificados de discapacidad en el plazo máximo de quince días naturales siguientes al de la presentación de la solicitud donde se señalará el tipo o los tipos que determinan el grado de discapacidad reconocida, conforme a la información que conste en el expediente, a los efectos que requiera la acreditación para la que se solicita.
En lo referente al reconocimiento del grado de discapacidad de los niños, niñas y adolescentes con cáncer a tenor de lo dispuesto en la Ley 1/2023, de 31 de enero, de accesibilidad universal de la Rioja, que indica en su artículo 3. 3. que se les reconocerá, como mínimo, un 33 % de discapacidad desde el momento del diagnóstico, con carácter revisable.
Se determina que el reconocimiento del grado de 33% se establecerá provisionalmente en beneficio del interés superior del menor para favorecer su autonomía y participación plena y efectiva en la sociedad, aun encontrándose en un proceso en vías de recuperación no valorable conforme a lo establecido en el Real Decreto 888/2022 de 18 de octubre.
Se establecen mecanismos de coordinación entre los equipos de valoración de dependencia y de discapacidad, y si se determina que los dictámenes técnicos de los equipos de valoración de la situación de dependencia son suficientes se emiten los dictámenes correspondientes por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, en aras de una agilidad del procedimiento.
Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
Se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad Con esta nueva regulación se modifica el Decreto 5/2018, de 16 de febrero, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, y señala que tendrán derecho quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Que presenten dificultades de movilidad para utilizar trasportes públicos colectivos.
b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección.
c) Las personas menores de edad con discapacidad o diversidad funcional podrán beneficiarse de dichas tarjetas, cuando sean acompañadas de una persona adulta.
d) Excepcionalmente, con carácter revisable, a los menores de 18 años con diagnóstico de cáncer, aun cuando no tengan reconocida la discapacidad, y estén en tratamiento de quimioterapia o radioterapia.
Y dentro de la coordinación sociosanitaria se ha elaborado un formulario de salud, en el que el médico de Atención Primaria referirá todas las patologías susceptibles de valoración para facilitar la información sobre la situación de salud de la persona. Además, el usuario expresamente podrá solicitar que se le valore por informes sin cita presencial. Con todos estos aspectos se contribuye a la mejora de la atención a las personas y una mayores y mejores posibilidades de valoración y de reconocimiento de la situación de discapacidad.
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