Una asociación ultra consigue que la Justicia anule la Zona de Bajas Emisiones de Badajoz

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha declarado nula de pleno derecho la ordenanza de creación y gestión de las Zonas de Bajas Emisiones establecida por el Ayuntamiento de Badajoz aprobada hace un año, al estimar el recurso presentado por la asociación ultra Liberum a este respecto.
El recurso se basaba en que la Zona de Bajas Emisiones se ha establecido mediante ordenanza y no a través de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible, como exige la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, según ha explicado el TSJEx en una nota.
La sentencia recoge que ni se ha llevado a cabo el trámite esencial de información pública del plan, ni éste ha sido aprobado por el pleno municipal. Por todo ello resuelve que la inexistencia del plan “hace que la ordenanza municipal que aprueba definitivamente la Zona de Baja Emisiones sea nula de pleno derecho por la vulneración de expresa determinación de norma con rango de ley”.
Como recuerda la sentencia, la Ley de Cambio Climático y Transición Energética establecía que los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares debían adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo al menos zonas de bajas emisiones.
Estas zonas de bajas emisiones deben ser delimitadas y reguladas por las entidades locales en sus normas municipales, expresa la normativa.
La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, tal y como ha expresado el alto tribunal autonómico.
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