La Audiencia Nacional da luz verde al derribo de un club privado en la costa de Punta del Hidalgo

La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de la Sociedad Recreativa Charco de La Arena, en el que pedía la anulación de la orden de la Demarcación de Costas que descarta la prórroga de la concesión otorgada en 1964 por 99 años para ocupar un espacio de más de 800 metros cuadrados en Punta del Hidalgo (La Laguna).
El Ayuntamiento de La Laguna también se personó en este proceso defendiendo la recuperación de este enclave y, por lo tanto, que una posible ampliación extraordinaria de la concesión quedara sin efecto.
La entidad privada apeló ante la Audiencia Nacional que la resolución es nula o anulable, sin validez y eficacia alguna, y tiene derecho a acogerse a una prórroga excepcional por 75 años contemplada en la propia Ley de Costas. Sin embargo, la Justicia justifica dejar sin efecto la concesión por el estado de abandono de la conducción de vertidos al mar y la existencia de obras que no fueron autorizadas para cuya regularización la entidad presentó en su momento un proyecto.
Otro motivo es que la entidad ha ocupado más superficie que la permitida, llegando a sumar 810 metros cuadrados el bar y la piscina 3.200, frente a los 220 y 589 autorizados, extremo que según la sociedad ya fue objeto de pleito, lo que no admite la Audiencia Nacional.
Tras una inspección llevada a cabo en 2019, Costas constató la construcción de una caseta para alojar un grupo electrógeno, una estación depuradora y un pozo cuyo conducto está en “pésimas” condiciones y aparece roto por tres puntos, por lo que la autorización de vertidos se anuló.
La sociedad no solo debe abandonar este espacio sino también costear la demolición de las instalaciones en las que se encuentran las piscinas, un bar y restaurante de manera que el espacio vuelva a su situación original, aunque se abre la puerta a mantener su explotación con la fórmula que se establezca.
En 1992, Costas denunció un exceso de ocupación a causa de unas obras no autorizadas lo que suponía una infracción “muy grave”, por lo que la sociedad solicitó la regularización de la titularidad real de la concesión suscrita por un particular tras su muerte.
En 2018, se solicitó la prórroga extraordinaria de la concesión, que fue denegada, lo que ha sido considerada una decisión “voluntarista y arbitraria, manifiestamente contraria a la legalidad formal y material” que regula estas concesiones, cuyo origen es anterior a la ley de 2013.
A finales de 2019, Costas en Tenerife emitió un informe a favor de ampliar la concesión imponiendo una serie de condiciones como era la actualización del canon, uso público mediante el pago de una entrada, eliminación de un almacén, desagüe o rebajar los muros para poder acceder libremente al litoral.
Sin embargo, el organismo estatal no se siente vinculado por el contenido de este dictamen, contra el que también se opuso la sociedad, y se indica que pese a reconocerse en la ley la posibilidad de fijar estas prórrogas no se considera que sea un derecho absoluto.
En la legislación se incluye como motivo de anulación que las olas alcancen las instalaciones, como ha ocurrido en numerosas ocasiones, la última en 2018, en este tramo de deslinde que discurre entre el Barranco de Taborno y Punta del Hidalgo.
La Audiencia Nacional ratificó la legitimidad del Ayuntamiento de La Laguna para personarse en el procedimiento judicial pese a que la sociedad intentó impedirlo, y también que la entidad estaba capacitada para interponer el recurso y avaló que en su momento el titular le cediera los derechos. El fallo, no obstante, no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.
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