La jueza archiva la denuncia de la Federación de Comunidades Judías contra una falla por criticar el genocidio en Gaza

La titular del juzgado de Instrucción número 12 de Valencia, Matilde Sabater Alamar, ha decretado el sobreseimiento libre para la causa abierta contra la falla Arrancapins y su artista fallero por un ninot que criticaba el genocidio en Gaza en las fiestas de 2024. El presidente de Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, e Isaac Benzaquenn como presidente de la Federación de Comunidades Judías de España denunciaron a la comisión cívica al entender que su monumento suponía una afrenta y podía incurrir en un delito de odio contra el pueblo judío por mezclar símbolos israelitas con una esvástica nazi.
Según la denuncia inicial, el ninot “objetivamente representa un árbol de Navidad donde la estrella tradicional que lo corona ha sido sustituida por la estrella de David, símbolo del pueblo judío, con una base en forma de esvástica nazi y de cuyas ramas cuelgan cabezas de bebes muertos , decapitados, con tiros certeros en la frente y otros puntos de la cabeza que simulan haber sido fusilados y cráneos destrozados por las bombas”. A la denuncia se acompañaron imágenes de la figura en cuestión, así como diversos enlaces de los medios de comunicación que se hicieron eco de la noticia.

La jueza, que se suma al criterio de la fiscalía, concluyó que tras examinar detenidamente la escultura de la falla junto con el texto que la acompañaba, y entendiendo que las explicaciones dadas por el investigado en la presente causa fueron totalmente coherentes y coincidentes con las explicaciones que dio tanto él como el resto de los integrantes de la falla respecto del significado que tenía el ninot, “los hechos no exceden de los márgenes del ejercicio de la libertad de expresión de creación artística amparados por la Constitución Española y que quedan enmarcados en el ámbito de la dura crítica a la actitud de un estado de guerra”. “No puede considerarse que se reúnan las notas necesarias para considerar que existe un discurso de odio tal y como señala el Ministerio Público”, añade la magistrada en su sentencia.
Además, añade la magistrada, el ninot, se realizó y se expuso al público “en el contexto de las fallas, que son monumentos totalmente satíricos y dirigidos a la crítica social , tal y como ha señalado el Tribunal Constitucional en Sentencia 112/2016 y el Tribunal Supremo en Sentencia 312/2011”.
La falla Arrancapins, una de las comisiones más críticas y comprometidas de la ciudad de Valencia, emitió un comunicado tras conocer el archivo de la causa. “Nuestra falla fue acusada falsamente de un delito de odio hacia el pueblo judío. Sobre esta maniobra propagandística, ha prevalecido la libertad de expresión en el contexto de las fiestas falleras. Los denunciantes no han dado la cara. Han hecho daño a una falla combativa y ahora esconden la mano. Arrancapins continuará expresando la crítica en la guerra, a la autarquía, al negacionismo climático y a la injusticia social. Continuaremos disfrutando de la sátira fallera como derecho constitucional”, han explicado.
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