España neutraliza casi el 99% de las multimillonarias reclamaciones por los recortes de Rajoy a las renovables

España ha logrado neutralizar cerca del 99% de las multimillonarias reclamaciones de inversores extranjeros por los recortes que el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó en 2013 para las energías renovables, tras la decisión de la Comisión Europea de eximir al Estado español de pagar el laudo de 101 millones al fondo luxemburgués Antin, por considerar Bruselas que sería una “ayuda estatal ilegal” incompatible con las reglas europeas.
Fuentes gubernamentales dan enorme trascendencia a la decisión de Bruselas sobre Antin, tras una investigación en profundidad que el Ejecutivo comunitario abrió en 2021. En primer lugar, porque el Gobierno español considera que el dictamen es trasladable al resto de casos intraeuropeos, aquellos presentados por sociedades de la UE, que son la inmensa mayoría, si bien aún se desconoce cómo se planteará la cuestión.
Desde el Ejecutivo español señalan que “todos los laudos pendientes”, los ocho sobre los que todavía no se han pronunciado los árbitros, “corresponden a arbitrajes iniciados por sociedades afincadas en la UE”. Esto, por lo pronto, y según esta interpretación del Gobierno, exime a España de pagar 1.291 millones por litigios que todavía están pendientes de resolución.
Además, añaden esas fuentes gubernamentales, “un total de 1.347 millones de euros de las indemnizaciones reconocidas hasta la fecha corresponden a este tipo de reclamaciones, incluida la de Antin”.
Así que de los 1.514 millones en indemnizaciones ya reconocidas, España tendría que pagar unos 167 millones. El 1,6% de los 10.365 millones que los inversores internacionales reclamaron inicialmente.
Existen reclamaciones presentadas por empresas de fuera de la UE con condena a España que se han planteado desde la UE. Sería el caso de la estadounidense NextEra. Esta compañía presentó su demanda a través de dos sociedades radicadas en Países Bajos. En 2019 logró que la corte de arbitraje internacional del Banco Mundial le reconociera una indemnización de 290 millones por los recortes a sus termosolares en España.
En total se han presentado 51 arbitrajes en distintos tribunales, sobre todo en la Corte Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial. De esos 51 pleitos, 43 se han fallado: diez se han ganado, tres se han anulado, aunque uno se ha vuelto a presentar; tres demandantes han desistido, acogiéndose a un decreto de 2019 que garantizaba una rentabilidad del 7,4% a las plantas hasta 2031; y otros ocho están pendientes de laudo.
Asesores ganadores
De esos 10.635 millones reclamados en esas 51 denuncias, que colocaron a España en uno de los líderes en denuncias, junto con Venezuela o Rusia, la cuantía ganada por España asciende a 7.830 millones. De las condenas recibidas, hasta ahora no se ha desembolsado un euro, aunque el Ejecutivo ha gastado decenas de millones en bufetes y asesores.
Estos son los grandes ganadores de este culebrón a uno y otro bando: despachos de abogados, consultoras... también elementos cercanos a la nueva derecha ultraliberal madrileña vinculada a lobbies como el Instituto Juan de Mariana. Al menos dos personas vinculadas a esta entidad, la que invitó a Javier Milei a Madrid el pasado junio, han hecho campaña activa (y negocio) con y por los fondos buitre que han comprado los laudos.
Tras la decisión sobre Antin, los fondos han lanzado acusaciones sobre un conflicto de interés en este asunto de la actual vicepresidenta ejecutiva de la Comisión Europea a cargo de Competencia, Teresa Ribera, por su pasado en el ministerio para la Transición Ecológica. El pasado 19 de diciembre, Ribera incluyó el asunto Antin entre las cuestiones en las que anunció su inhibición a la presidenta de la Comisión Europea, Ursula Von der Leyen, para evitar cualquier sombra de conflicto de interés por sus decisiones como ministra del Gobierno de España.
Otra derivada de la decisión de la Comisión Europea de decretar que pagar esa compensación a Antin sería una “ayuda de Estado ilegal” es que España debe garantizar que tampoco haya ningún otro pago, ejecución o aplicación del fallo arbitral, ya sea a Antin o a cualquier otra entidad que haya adquirido o pueda adquirir los derechos derivados de ese pleito. Y esto es también extrapolable al resto de pleitos planteados por sociedades radicadas en la UE.
En algunos casos, los demandantes están solicitando la ejecución de los laudos en tribunales nacionales de países como Australia, EEUU o Reino Unido, y se publican noticias sobre el riesgo que corren los bienes españoles allí, como las sedes del Instituto Cervantes o la indemnización por el desastre del petrolero Prestige.
Estas informaciones se derivan de que algún juzgado, a instancias de los inversores internacionales, ha reconocido que los laudos son vinculantes. Pero eso no implica que estos juzgados puedan ejecutar los laudos en sus territorios y embargar bienes españoles: hace falta que se inicie un nuevo procedimiento en el que el Estado español podrá esgrimir argumentos de oposición. Sólo con una situación muy excepcional estos tribunales nacionales podrían intentar un pago forzoso, explican fuentes gubernamentales.
En el caso de que España deba pagar alguna indemnización, cabe la posibilidad de que los tenedores originales de los laudos deban indemnizar al país de un modo proporcional a las cantidades ejecutadas, aunque hayan vendido los derechos a fondos buitre. Así lo decidió en febrero de 2024 un tribunal holandés sobre un caso de AES Solar y Ampere, que vendieron los derechos a Blasket.
Periódicamente se han publicado también noticias sobre un supuesto default técnico de cuatro títulos de deuda pública de España relativos al impago del caso Infrared. “El Reino de España no tiene constancia de ninguna posible notificación judicial y ningún inversor se ha preocupado por esta cuestión; en realidad se trata de unos programas en divisas en cuyas condiciones incluía un impago de deuda pública que no puede asimilarse a los arbitrajes”, indican desde el Ejecutivo.
En relación con el embargo el pasado julio del 26% de las acciones de Aena sobre el aeropuerto de Luton, en Londres, sin audiencia del Reino de España, en septiembre el juzgado desestimó las cautelares solicitadas por la demandante, NextEra, dejó sin efecto las medidas y condenó a los demandantes a pagar las costas que el proceso había provocado al Reino de España.
El porcentaje de laudos comprados por fondos buitre puede ser muy elevado, superior al 70% y concentrado en pocos fondos, pero no hay información pública sobre ello; es conocido que el fondo Blasket Renewable Investment, muy activo en medios de comunicación, ha adquirido los derechos de varios litigios, como los de RREEF e Infrared; también se ha publicado que Antin vendió su arbitraje a Centerbridge, que a su vez sindicó los derechos del pleito entre más fondos especializados en este tipo de litigios, como Burford Capital.
El Ejecutivo considera inadmisible e inválido desde el punto de vista del derecho internacional este mercadeo con los derechos de cobro de indemnizaciones impuestas por tribunales arbitrales. Y es una razón más para seguir combatiendo contra estos nuevos actores “que lo único que persiguen es su enriquecimiento a costa de los intereses legítimos de un Estado soberano”.
La UE en su conjunto decidió abandonar el Tratado de la Carta de la Energía, el acuerdo de protección de inversiones en el que se basaron estas denuncias, en abril de 2024, al considerar que su aplicación impediría cumplir los objetivos ambientales europeos y lastraría la acción climática de los Gobiernos con demandas millonarias para proteger los intereses de la industria de los combustibles fósiles.
En los laudos que otorgan una indemnización a inversores internacionales provenientes de un Estado Miembro de la UE, España ha solicitado su anulación al entender que, tal y como ha afirmado el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en reiteradas ocasiones, no cabe el arbitraje intra europeo al amparo de la Carta de la Energía, por ser contrario al derecho de la UE.
La Cámara de Comercio de Estocolmo y dos tribunales del CIADI han reconocido que no tienen jurisdicción para conocer disputas de inversión puramente europeas. Los laudos, con razonamientos muy similares, señalan, como propugnan España y la Comisión Europea, que la participación de la UE en la Carta de la Energía, como organización regional de interés económico, introdujo en su ámbito de aplicación la supremacía del Derecho de la UE en el ámbito de las competencias transferidas por los Estados miembros a la UE.
Desde el Ejecutivo subrayan que el Gobierno “no es responsable de la presentación de las reclamaciones contra el Reino de España por los recortes a las renovables” y defienden que “ha adoptado medidas adecuadas para compensar las políticas del anterior Ejecutivo y está defendiendo los intereses del país con notable éxito en las diferentes cortes de arbitraje internacional”.
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