Qué objetos no puedes llevar en tu coche según la DGT

Aunque el maletero y los asientos traseros de tu coche puedan ir llenándose como el arca de Noé con paraguas, sombrillas, jerséis, gafas de bucear o libros, entre otros, hay ciertos objetos que, de ninguna manera, puedes portar en tu vehículo. En el caso contrario, te estás arriesgando a que la Dirección General de Tráfico (DGT) te imponga sanciones económicas que pueden superar los 30.000 euros.
Hay objetos que la DGT prohíbe expresamente llevar en el coche, al ser considerados peligrosos o que, directamente, infringen la ley. De hecho, este organismo está intensificando el control de esta normativa en las carreteras. En este artículo te enumeramos las cosas que no puedes portar para que no tengas problemas innecesarios con tu vehículo en la carretera.
Objetos prohibidos

- Navajas y armas blancas modificadas: A pesar de que las navajas o tirachinas no tienen por qué ser ilegales, cualquier modificación que incremente su peligrosidad si están prohibidos. De hecho, cualquier objeto cortante con hoja superior a 11 centímetros no se puede llevar en el vehículo sin autorización. Las multas asociadas con este tipo de objetos en el coche van desde 300 euros hasta 30.000 euros.
- Dispositivos para caza o vigilancia no autorizados, como pueden ser cámaras ocultas o inhibidores de frecuencia. Estos aparatos se encuentran absolutamente prohibidos en el caso de no aportar la justificación para su transporte.
- Monocular de visión térmica, también conocidos como 'gafas térmicas': se trata de dispositivos que permiten observar a personas o animales a gran distancia a través de la detección del calor. Se trata de otro aparato que si lo llevas en el coche puede ser considerado una señal de caza ilegal o de espionaje y puede llegar a sancionarse con hasta 60.000 euros en ciertas comunidades autónomas.
- Armas de fuego: llevar un arma en el coche puede ser motivo de una sanción superior a 30.000 euros y posibles consecuencias penales, en el caso de no llevar la documentación requerida y el transporte adecuado. En ciertos casos, la pena puede ser mayor si se considera que la acción pone en peligro la seguridad pública.
- Linternas que hayan sido modificadas con la intención de cegar o emitir descargas eléctricas. La linterna es otro objeto aparentemente inofensivo, pero que si es modificado para dar luz más intensa y deslumbrar a otros conductores se está cometiendo una infracción. Las multas varían desde 601 a 30.000 euros.
- Cartuchos de caza o munición sin registrar: llevar cartuchos sin licencia o un número superior del permitido puede conllevar sanciones de hasta 30.000 euros. Además, dependiendo del contexto, incluso podrías ser detenido o procesado por posesión ilegal de armas.
Más prohibiciones
La Dirección General de Tráfico también recuerda que no se pueden transportar en el vehículo estos otros objetos.

- Los petardos, explosivos o todo material pirotécnico sin autorización. Las multas que pueden ascender hasta los 30.000 euros.
- Bates de beisbol u otros objetos contundentes sin justificación aparente.
- Sustancias peligrosas o inflamables sin regulación.
- Drones no registrados o sin autorización.
- Animales sueltos dentro del habitáculo. Además de peligroso, también puede suponer una sanción económica al no llevarlos de la manera correcta dentro del vehículo. Los animales domésticos deben estar situados en un lugar específico para ellos para que no interfieran en la conducción. En el caso de no tenerlo, tendrán que acomodarse en los asientos traseros, sujetos o, al menos, separados de los asientos posteriores por una red u otro dispositivo.
Acomodación de personas y objetos
- Está prohibido transportar personas en sitios distintos a los destinados para ellas en los vehículos.
- En los vehículos que transportan personas y mercancías, los pasajeros deberán estar protegidos de la carga.
- Los vehículos autorizados a transportar simultáneamente personas y cargas deberán estar dotados de una protección para evitar que la carga dañe a los viajeros en caso de que salir proyectada.
La DGT también recuerda que el número de personas transportadas en un vehículo no puede superar al número de plazas autorizadas. En ningún caso, podrá sobrepasarse la masa máxima autorizada para dicho vehículo. Estos datos están disponibles en la Tarjeta de Inspección Técnica.
Se trata de una infracción grave cuando el vehículo es ocupado en un 50% el número de plazas autorizadas, excluida la del conductor. Si se diera el caso, el vehículo sería paralizado por los agentes de la autoridad.
Con los turismos se debe ser prudente a la hora de cargarlos, ya que no se debe comprometer su estabilidad y hay que tener siempre en cuenta que no se puede sobrepasar la Masa Máxima Autorizada.
Por otro lado, en la bandeja posterior no deben colocarse bultos ni objetos que disminuyan la visibilidad del conductor hacia la parte de atrás. En el caso de no poder cumplir con esta norma, es obligatorio llevar espejo retrovisor exterior derecho.
¿Cómo pagar las multas impuestas por la DGT?
Las multas de tráfico impuestas por la DGT pueden pagarse de varias formas, tanto si la infracción ha sido detectada en carretera como en el caso de recibir una notificación.
Para pagar una multa DGT, puedes hacerlo de manera online a través de la página web oficial de la DGT. Aquí puedes consultar el estado de la multa, los detalles de la sanción y realizar el pago con tarjeta u otros métodos de pago.
También es posible pagar las multas por transferencia bancaria o en oficinas de la DGT y en ciertos bancos autorizados. Es importante recordar que, en el caso de querer beneficiarte de un descuento por pronto pago, hay que realizar el abono dentro del plazo previsto.
0